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_________________________________________________ Ley sobre la sucesión
1962 no. 8 - 14 de marzo
_________________________________________________ descendientes de cada uno de los padresrecibirán la herencia que le hubiera correspondido a su progenitor. Si uno de losprogenitores no tiene ningún descendiente en Art. 1. Son herederos legales:
1. Los hijos del/de la testador(a) y otros descendientes. Un hijo ilegítimo heredará del padre y de sus parientes paternos y ellos de él,si el hijo está reconocido de la manera que Art. 4 3a sucesión
prescribe la legislación sobre hijos ilegítimos.
- Cuando no exista ningún sucesor según el Art. 2 o Art. 3 en vida, se dividirá la herencia a adoptado y sobre la herencia de los bienes de partes iguales entre los padres del progenitor y los padres de la progenitora. Cuando haya 2. Los padres del/de la testador(a) y sus testador(a), los hijos de la parte fallecida 3 Los abuelos paternos y maternos del/de la heredarán la parte de la herencia que le hubiera correspondido. Si han fallecido los 4. El/la cónyuge del/de la testador(a).
abuelos maternos así como sus hijos, toda laherencia pasará a los abuelos paternos y los Art. 2 1a sucesión
- El/la cónyuge heredará 1/3 de los bienescuando existan hijos en vida, los 2/3 son heredados por los hijos a partes iguales. En Un hijo adoptado y los hijos de éste, incluso caso de no existir cónyuge los hijos y otros los descendientes adoptados, herederán de sus herederos recibirán la herencia entera.
padres adoptivos y de los parientes de éstos y viceversa, según las provisiones de los Art. 2-4.
testador(a) los hijos de éste(a) heredarán la - Los lazos de herencia legal entre un menor adoptado y los parientes de éste se cancelan en Descendientes más lejanos herederán de la Art. 3 2a sucesión
En caso de que un(a) cónyuge sobreviviente - [En caso de que el/la testador(a) no tenga sea heredero(a) legal único(a) del/de la ningún descendiente en vida, él/la cónyuge fallecido(a) y que sobrevenga su muerte sin que haya contraído nuevamente matrimonio o dejado descendientes con derecho a herencia, recaerá en partes iguales en los padres. Si uno sus bienes se dividirán entre los herederos de de estos ha fallecido, la parte de la herencia los dos cónyuges a partes iguales, si el/la que le hubiera correspondido recaerá en su cónyuge no ha dispuesto de sus bienes de otra hijo o en otros descendientes de la forma ya descrita en el art. 2. En caso de que el padre o - Cuando un(a) cónyuge sobreviviente no tiene ningún heredero en vida en el momento de descendiente, su parte de la herencia recaerá fallecer, los bienes de éste(a) se adjudicarán a los herederos del cónyuge que murió primero.
- Cuando en este artículo se habla de los testador(a) hayan fallecido, los hijos u otros quiebra o se averigua que sus bienes no cubren susceptibles de heredar de él/ella, con respecto sus deudas. Lo mismo se aplicará cuando no se al momento en que fallece el/la cónyuge que pueda confiar en él/ella para administrar la propiedad por descuido demostrado de susfinanzas. - No se permitirá al/a la cónyugesobreviviente permanecer en la propiedad indivisa en caso de que a éste se le prive delderecho de administrar sus finanzas, salvo con el consentimiento del Supervisor oficial detutores.1) [Al fallecer uno de los cónyuges el/lasuperviviente tiene derecho a permanecer en la propiedad indivisa con los descendientes de ambos, a excepción de que el/la cónyuge propiedad indivisa des-pués del fallecimiento fallecido(a) haya estipulado en su testamento del/de la cónyuge deberá solicitar, a la Gobernador Magistrado del distrito en el quela propiedad esté sometida a división.
- En la solicitud de permiso para permanecer [ Se autoriza al/a la cónyuge sobreviviente a en la propiedad indivisa deberá especificarse permanecer en la propiedad indivisa con los los nombres de los herederos con el número de descendientes del/de la cónyuge fallecido(a) identidad de cada uno de ellos y el lugar de que no tengan capacidad financiera (y) que no sean descendientes del superviviente, si la(s) persona(s) que tenga(n) la custodia o tutela de dichos descendientes sin capacidad financiera da(n) su consentimiento para ello, y si el/la autorización para permanecer en la propiedad cónyuge fallecido(a) no ha estipulado en su indivisa está sometida al consentimiento de testamento la división de la propiedad. Si el/la otros, ver el Art. 8, párrafo 1 o 2, se deberá cónyuge sobreviviente tiene la custodia o anotar tal consentimiento en la solicitud o tutela de los descendientes de su cónyuge que anexarlo a ésta. Si el derecho para permanecer no tengan capacidad financiera, tiene derecho en la propiedad indivisa está basado en el a permanecer en la propiedad indivisa como se testamento del fallecido, ver Art. 8, párrafo 3, sobreviviente tiene derecho a permanecer en la propiedad indivisa con los descendientes de su - Si el Gobernador Magistrado considera con cónyuge con capacidad finan-ciera si estos dan fundamento que las provisiones del Art. 9 pueden ser aplicables a la situación de la - El/la cónyuge sobreviviente tiene derecho a persona que solicita permiso para permanecer permanecer en la propiedad indivisa con los en la propiedad indivisa, aquel está autorizado a nombrar un tutor especial para guardar los consentimiento especial para ello según los administrar sus finanzas, de los cuales el/la párrafos 1 y 2, si el/la cónyuge(a) fallecido(a) solicitante tiene la custodia o la tutela.
ha estipulado este derecho en un testamento.]1) - Si el Gobernador Magistrado opina que el/la [No se autorizará al/a la cónyuge sobreviviente propiedad indivisa, otorgará el permiso y dará a permanecer en la propiedad indivisa si su al/a la solicitante una constancia escrita de propiedad está sometida a liquidación por su cónyuge en el caso de que este último [Pertenecen a la propiedad indivisa los bienes solicite la división dentro de los tres meses a matrimoniales de ambos cónyuges así como partir del momento en que se le confiere la los bienes que según las provisiones de la ley o según contrato matrimonial (capitulaciones matrimoniales) deben obedecer a las reglas reclamación (de tal división) dentro de este fallecimiento de uno de los cónyuges. Las cónyuge que se encuentre en esta situación, ganancias propias y otros valores, adquiridos podrá reclamar una división a su favor de la por quien permanece en la propiedad indivisa, misma manera descrita en el párrafo 2.
pasarán a formar parte de ésta, salvo en el caso - Si un(a) descendiente del/de la cónyuge, con en que según la ley, deban pertenecer a su - Una herencia o regalo que el/la cónyuge sobreviviente adquiera no formará parte de la conformidad con el Art. 8, párrafo 2, éste(a) podrá solicitar la división a su favor con un declaración al Gobernador Magistrado, en el plazo de dos meses desde el momento en que se le notifica de tal herencia o regalo, de queestos valores no se incluirán en la propiedad indivisa. En tal caso, estos valores pasarán a Un heredero podrá solicitar la división de ser propiedad personal del/de la cónyuge sobreviviente, debiéndose mantener, así como cualquier otra propiedad privada, separada de económicamente o que esté disminuyendo la propiedad por mala administración financierao dando motivo para que se pueda temer tal [El/la cónyuge que permanece en la propiedad indivisa tiene en vida plena posesión y control proveniente de la propiedad indivisa y éste tiene un valor excesivo en relación con los responsable de las deudas del/de la cónyuge heredero puede, mediante sentencia judicial, obtener que se rechace la acción, si seconsidera que el beneficiario era o debería ser consciente de que el/la dador(a) permanecía en El/la cónyuge que permanece en la propiedad desmesurado. Un proceso de anulación sólo se podrá iniciar si la propiedad ha sido sometida - En caso de que el/la cónyuge contraiga a división o que un heredero haya reclamado la división. Tal proceso se debe iniciar dentro autorización para permanecer en la propiedad del plazo de un año desde que el heredero o su tutor obtuvieran información sobre el regalo, yno más tarde que dentro de los tres años desde permanecer en la propiedad indivisa con losdescendientes de su cónyuge incapaces de [En caso de que fallezca una persona acreedora fundamento en el Art. 8, párrafo 1, éste(a) tendrá la obligación de proceder a la división propiedad indivisa, los herederos de ésta de los bienes entre él/ella y un descendiente de solamente podrán solicitar la división a su favor si el difunto hubiera tenido autorización - Cuando se proceda a la división después de la muerte de ambos cónyuges se cancelará el - Los acreedores de los herederos no podrán reclamar la división de una propiedad.] 1) sobreviviente sobre la parte de los bienes relictos del que vive menos tiempo queprescribe la ley. Cuando se proceda a la división de herencia después de la muerte de En caso de que la propiedad indivisa haya disminuido debido a la mala administración nadie que tenga derecho a heredar del/de la financiera del/de la cónyuge, los herederos cónyuge que falleció primero, los activos de la podrán reclamar el reembolso de la cantidad propiedad pasarán a los herederos del/de la disminuida a la división de la propiedad. En cónyuge fallecido(a) más tarde. Del mismo modo, si no hay herederos en vida del/de la cónyuge fallecido(a) más tarde, los activos de reclamar el reembolso de la mitad faltante la propiedad revertirán a los herederos del/de sobre los bienes personales del/de la cónyuge, quedando tal reclamación en segundo términoen relación con las reclamaciones de los acreedores. - Si las reclamaciones de reembolso El cónyuge que permanece en la propiedad indivisa podrá solamente disponer de su parte división de la propiedad entre el cónyuge y los de la propiedad mediante testamento. Podrá herederos del/de la fallecido(a), éstas no se disponer de ciertos objetos específicos dentro de estos límites de (sus) bienes, si no va encontra de las instrucciones del/de la cónyuge fallecido(a) según el Art. 36, párrafo 2.
La parte de un heredero en la propiedadindivisa pasará a formar parte de su propiedadpersonal en caso de que éste se encuentrecasado o contraiga matrimonio. No se cambiará esta disposición con un contrato propiedad pasará a formar parte de los bienes matrimoniales de éste, a menos que el/latestador(a) lo haya dispuesto de otra forma o que el contrato matrimonial disponga otra Un niño(a) engendrado(a) antes de que el cosa. Lo mismo se aplicará si se procede a la testador fallezca heredará de él, siempre y división encontrándose el heredero en vida.
- Un heredero no podrá entregar su parte de laherencia en una propiedad indivisa ni darla en garantía de una deuda ni tampoco podrán sus Cuando existan lazos de herencia entre dos personas y ambas hayan fallecido sin que se liquidación de las deudas del heredero. pueda verificar cual de ellas murió primero, seprocederá como si ninguna de las dos hubiera Cuando se proceda a una división entre un(a)cónyuge que permanece en la propiedadindivisa y los herederos del/de la fallecido(a)se dividirá la parte (de la propiedad)perteneciente al/a la fallecido(a) entre los quedeben heredar de él/ella, en conformidad conlos reglamentos normales.
divorcio definitivo o por sentencia deanulación del matrimonio.
- Si existieron impedimentos para contraer un matrimonio, de tal forma que el matrimonio sehubiera podido invalidar, al fallecer uno de loscónyuges el/la sobreviviente no herederá del Cuando una persona intencionadamente haya 1. Si se comprueba en un proceso penal que cometido un delito que infrinja las provisiones del Código penal general y este delito haya sancionable de su parte. Sin embargo, el/la tenido como consecuencia la muerte de otra persona, se podrá dictar sentencia al efecto de que aquella pierda su derecho a la herencia cometa violencia en contra de sus padres u 2. [Si el/la cónyuge lo demanda, según el Art otro familiar en línea directa ascendente, le disolución de éstos No. 60/1972. 1)] 2) 1) Actualmente Ley 31/1993 2) Ley 48/1989 Art. 11.
acciones delictivas contra él, se le podrásentenciar a pérdida del derecho de heredar dela víctima, si ésta lo demanda.
- Cuando una persona pierda sus derechos de heredero de la manera anteriormente descrita, se le podrá restituir este derecho totalmente o Se autoriza, mediante una demanda delMinisterio Público en un proceso penal, dictar sentencia al acusado culpable de una conducta no.19/1940, Art. 194 - Art. 210 relativa a laconcepción de un niño(a), que quede privado del derecho de heredar de este niño(a).
Un heredero podrá renunciar a su derecho deherencia a favor de la persona de la que espera heredar, ya sea que esto se realice a cambio de fraude o abuso, que otra persona haga una disponer de sus finanzas. El tutor de una disposi-ción testamentaria o que desista de persona que no disponga ella misma de sus hacerla, se podrá dictar sentencia de manera que esta persona pierda el derecho de heredar de la otra con excepción de la herencia forzosa.
- Al no hacerse otra mención, una renuncia de herencia obligará a los descendientes del/de la renunciante como a él/ella mismo(a).
cónyuges se cancelarán por separación, por recibe dinero como anticipo de su herencia, bien de la propiedad matrimonial de uno de diferencia (a la propiedad) a menos de que se los cónyuges o de la de los dos, este pago se haya comprometido especialmente a hacerlo.
deducirá de su herencia del/de la cónyuge queviva menos, según su alcance, en caso de que se haga una división de la herencia mientras Las contribuciones financieras en anticipo de esté en vida él/la cónyuge que viva más. No herencia que se mencionan en los artículos del obstante, esto no afectará a un testamento 28 al 30 o su valor deberán agregarse a otros legítimo hecho por el/la cónyuge que viva bienes de la propiedad indivisa cuando se determinen las partes de la propiedad que deduzca a la división de la herencia del/de la correspondan a los herederos. Si un pago por deducción cuando se decida la parte de dicho anticipado a un heredero es más alto que su heredero de la herencia del /de la cónyuge que parte de la herencia, se agregará solamente la viva más, según el alcance de ésta.
- Las mismas reglas se aplicarán para el caso en que el/la cónyuge que permanezca en lapropiedad indivisa, pague por anticipado a unheredero una parte que le corresponda de la Art. 30
En caso de que un cónyuge otorgue a su
1. Capacidad testamentaria.
hijastro(a) o a algún descendiente de éste(a) Quien haya cumplido los 18 años o que haya propiedad matrimonial, se podrá convenir contraído matrimonio puede considerarse en anticipado de la herencia del otro cónyuge, los - Un testamento es válido solamente si la persona que lo otorga se encuentra en su sanojuicio como para poder hacer esta disposición [Los valores citados en los Art. 29 y 30 seráncalculados para su deducción de la parte del 2. Autorización testamentaria. Herencia
heredero según su valor en el mercado en el forzosa.
ajustando el cálculo al valor en curso cuando se realice la deducción en el momento de la división de la herencia. Si por circunstancias recibir la herencia, el/la testador(a) no podrá no imputables al heredero, el precio en curso disponer de más de 1/3 de sus bienes con un considerablemente desde el momento en quetuvo lugar el pago anticipado, no se deducirá El/la testador(a) no podrá dar a un heredero obtener igualdad entre los herederos.] 1) instrucciones sobre la disposición de una herencia forzosa, con excepción de los casos enque la ley disponga lo contrario.
- El/la testador(a) podrá dar instrucciones en más recursos económicos del/de la testador(a) heredero forzoso suyo reciba ciertos objetos que los que le corresponderían de la herencia específicos de su posesión privada o de su de éste, no se le podrá obligar a devolverla propiedad matrimonial con tal de que el valor de estos objetos no exceda la parte de la sus descendientes o familiares políticos ni sus herencia forzosa del heredero, aumentada de la parte de la propiedad sobre la cual el/la relación semejante con el/la testador(a) por testador(a) podrá disponer según el Art. 35.
adopción tampoco será apta para ser testigo.
- Cuando una persona tenga relaciones de 3. Sobre la invalidez de un testamento.
familia según lo descrito en el párrafo 1 con una persona que tenga interés personal en la Una decisión testamentaria será inválida si herencia, no será apta para ser testigo. Lo el/la testador(a) ha sido obligado a la fuerza, o mismo se aplicará si el testamento con-cierne a víctima de fraude o mal uso para otorgarla.
sus propios intereses o a los de una parte ajena o Instituto donde trabaja. Si dichos intereses testamento es de otro tenor que lo que se son de poca importancia, las circunstancias esperaba y esto se deba a un error ortográfico u otra clase de errores, se realizará la provisión incapacidad. En caso de que se confie a una en conformidad con lo que en realidad era la intención del/de la testador(a), cuando sea división de los bienes del/de la testador(a), esta posible verificar la voluntad testamentaria.
persona podrá no obstante ser testigo del actotestamentario. -.1) Cuando una provisión de testamento se deba aun malentendido por parte del/de la Los testigos del acto testamentario deben provisiones del Art. 37, será inválida la provisión si se puede considerar que una idea llamados por el/la testador(a) para atestiguar errónea por parte del/de la testador(a) ha sido su acto testamentario y que él/ella ha firmado factor determinante en cuanto al tenor de ésta.
el testamento o reconocido su firma enpresencia de ambos. También deberá aparecer en el certificado que es del conocimiento de los Las provisiones de un testamento que ordenen destruir los bienes del/de la testador(a) se testamento. Los testigos deberán firmar su considerarán inválidas a menos exista una certificado a la brevedad posible después de que el/la testador(a) haya reconocido su testa-mento.
4. Sobre la forma de los testamentos.
- En un certificado de testamento se deberá mencionar además si el/la testador(a) se Un testamento deberá realizarse por escrito y encontraba en pleno uso de sus facultades estar firmado por el/la testador(a) o reconocer mentales como para otorgar un testamento.
éste(a) su firma ante Notario público o en la También se deberán mencionar otros factores que puedan afectar la validez del testamento - En caso de que el/la testador(a) sea analfabeto - Los testigos del acto testamentario deberán se deberá leer el testamento claramente para certificado, manifestando expresamentecuando el/la testador(a) firmó su testamento o reconoció su contenido. También deberán citar Los testigos del testamento no deberán ser su dirección de manera inconfundible.
menores de 18 años. Deberán ser dignos deconfianza y no padecer enfermedad mental ni ser mentalmente retrasados. No se podrá pedir En la anotación del Notario Público en el al/a la cónyuge del/de la testador(a) ser testigo testamento se deberán mencionar las mismas del acto testamentario ni tampoco a ningún informaciones principales que las citadas en el pariente en línea directa con el/la testador(a) o - En un reglamento emitido por el Ministerio de Justicia se dispondrá con más detalle cómo deberá proceder el Notario en su tratamiento testamento se presentará ante [el Gobernador Propiedad] 2) o ante los herederos que realicenellos mismos la división de la propiedad tan pronto cuando los hechos se presenten. Una Cuando una persona sea víctima de una súbita protesta que se presente una vez realizada la enfermedad seria o se encuentre en un peligro división no se tomará en cuenta a menos se inmediato, el proceso del acto testamentario se podrá llevar a cabo por su parte oralmente oportunidad de presentar su protesta a la frente a dos testigos llamados para este fin o sancionable al otorgarse el testamento o en la registrar el contenido del testamento lo más pronto posible confirmándolo mediante su firma. Para este caso se observarán lasprovisiones de los artículos del 40 al 43 según 6. Sobre cambios y revocación de los
testamentos
descrita en el párrafo 1 será inválidado si el/la testador(a) no lo ha renovado antes de pasadas ciertas provisiones de un testamento o quiera cuatro semanas desde que le fuera posible procedimientos como para el otorgamiento deltestamento.
5. Sobre la impugnación de los testamentos.
- Si el/la testador(a) manifiesta claramente que revoca su testamento, éste quedará sin efecto.
Cuando se demuestre que el/la testador(a) carecía de capacidad, según el Art. 34, o que revocación sólo tendrá valor si se da a conocer una decisión testamentaria ha sido hecha de la manera descrita en el Art. 37 o 38, ésta no se circunstancias especiales para que esto no sea realizará si el heredero la impugna.
- Cuando un testamento firmado por el/latestador(a) y avalado por testigos no cumpla en otros aspectos con las provisiones de los El/la testador(a) podrá comprometerse ante su artículos 40 - 43 y un heredero opina que se debe invalidar el testamento según el Art. 34 o los artículos 37 al 38, la persona que quiera otorgará testamento o que no revocará o cambiará un testamento ya otorgado. Sobre tal declaración se observarán los artículos 34 y del 40 al 43. Cuando el/la testador(a) no sea competente para administrar sus finanzas seránecesario el consentimiento del Supervisor La válidez evidencial del certificado notarialserá como la de otros documentos oficiales. .1) 7. Sobre la herencia gravada de condiciones.
- Cuando en un certificado testamentario la declaración de los testigos sea satisfactoria sobre los puntos mencionados en el Art. 42 y heredero forzoso pueda disponer mal de su el en Art. 44, párrafo 1, ésta se considerará parte de una herencia se autorizará al/a la correcta, salvo si el impugnador presenta testador(a) a incluir en el testamento una provisión sobre como se procederá en cuanto a la herencia forzosa para ciertos descendientes Las provisiones del Art. 50, párr. 2 y 3, y el Art.
o para el/la cónyuge, como por ejemplo que la 51 son aplicables a tal herencia, salvo si el parte (correspondiente) de la herencia sea testamento lo dispone de otra manera.
sometida a las reglas sobre los bienes de los sincompetencia financiera, (o que) al heredero se 8. Sobre la interpretación de testamentos.
le pague cierta cantidad del capital a intervalos Si un(a) testador(a) lega (algo) a dos personas propiedad o reclamar pago de deudas de ella o más en un testamento pero sin definir la salvo de una manera determinada. La validez parte de la herencia de cada uno, ni el orden de tales provisiones en un testamento tomarán de los herederos, éstos recibirán todos igual efecto solamente con el consentimiento del Ministerio de Justicia.
- El Ministro de Justicia podrá cancelarcondiciones sobre una herencia, en parte o en cumplido los 21 años y presente evidencia deque las razones en las que se basaban dichascondiciones ya no existen. El Ministro también podrá permitir que se le paguen al heredero Las reglas expuestas en lo anterior sobre sumas más altas de la herencia que lo que testamentos serán igualmente valederas en cuanto a las promesas de regalos que sólo se necesitarlo urgentemente el heredero o su harán efectivas a la muerte del dador, y de donaciones hechas en el lecho de la muerte.
- Una condición que grava una herencia secancela en última instancia con la muerte delheredero.
[En cuanto a la conservación de una herenciagravada de condiciones se observarán las mismas reglas como sobre los bienes de laspersonas incapaces de administrar sus propios bienes, ver Art. 39 de la Ley sobre mayoría de En caso de no tener una persona herederos, - Si una herencia está gravada con condiciones, el heredero no podrá disponer del capital con - El Ministro de Justicia podrá impugnar un actos jurídicos, pero sí disponer de los pagos testamento en representación del Fondo. Si el ya vencidos según las reglas corrientes, salvo Ministro considera probado que un testamento si el testamento dispone de otra manera.
que es impugnable, es la expresión de la - Los accreedores de un heredero no podrán verdadera voluntad del/de la testa-dor(a), con condiciones, mientras viva éste, salvo para autorizará igualmente al Ministro de Justicia de rechazar, en representación del Fondo, una condenado a pagar por algún acto sancionable herencia, a favor de los familiares del/de la u otro acto cometido con intención o por testador(a), en circunstancias especiales, especialmente si el/la testador(a) no fue capaz 1) Ahora/Actualmente Ley 71/1997. 2) Ley 48/1989, Art. 14 de testar o no le fue posible otorgar untestamento.
Una herencia que no sea herencia forzosa sepodrá someter a condiciones en un testamento.
Art. 56. . 1)
1) Ley 20/1991, Art. 136.
Las provisiones del Art. 3, párr. 1, de los Art. 7.
- 10, del Art. 16 y del Art. 31, como quedanenmendadas desde el 1 de junio de 1989, no Esta Ley se aplica a la división de la herencia herencia legal, sobre la permanen- cia en de las personas que fallezcan después de la propiedad indivisa o sobre la liquidación de entrada en efecto de la presente ley, salvo personas fallecidas antes de esa fecha. - ] 1)1) Ley 48/1989, Art. 16.
Art. 59
Si el/la cónyuge permanece en la propiedad
indivisa a la entrada en efecto de la presenteLey, las provisones de la ley serán aplicables ala propiedad desde el mismo momento. Sinembargo, las provisiones de las leyesaplicables cuando falleció el/la cónyuge quevivió menos tiempo determinarán quienesrecibirán su herencia. Art. 60
Los actos testamentarios, que se otorgaron en
la época de leyes anteriores y que tuvieron
validez según éstas, se tendrán por válidos
aunque no cumplan las provisiones de la
presente Ley en cuanto a la capacidad del/de la
testador(a) y la forma del acto. Sobre la
autorización testamentaria y otros aspectos
referentes a la sustancia del acto testamentario,
se aplicarán las provisiones de la presente ley.
- Si se pone a prueba un acto testamentario
posteriormente a la entrada en efecto de la
presente ley, habiendo sido éste otorgado en la
época de leyes anteriores, se tendrá el acto por
válido aunque no cumpla con las reglas de las
leyes anteriores sobre la capacidad del/de la
testador(a) y la forma del acto testamentario, si
cumple con las provisiones relevantes de la
presente ley.
Art. 61
Las provisiones especiales de la Ley sobre los
derechos de autor y los derechos de impresión
y las leyes sobre hacienda de familia y
derechos heredables de arriendo de tierras, así
como otras provisiones especiales, conservarán
su validez a pesar de la entrada en vigor de la
presente Ley.

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