Concurso.–Resolución de 26 de abril de 2001, del Servicio Territorial de Badajoz, por la que se anuncia concurso público para la contratación del suministro de Concurso.–Resolución de 26 de abril de 2001, del Ser-
frutas, hortalizas y verduras para la Residencia de Mayo-
vicio Territorial de Badajoz, por la que se anuncia concurso
res «El Prado» en Mérida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
público para la contratación del suministro de congeladospara la Residencia de Mayores «El Prado» en Mérida . . . . Concurso.–Resolución de 26 de abril de 2001, del Concurso.–Resolución de 26 de abril de 2001, del Ser-
Servicio Territorial de Badajoz, por la que se anuncia
vicio Territorial de Badajoz, por la que se anuncia concurso
concurso público para la contratación del suministro de
público para la contratación del suministro de aves y conejos
carne fresca para la Residencia de Mayores «El Prado»
para la Residencia de Mayores «El Prado» en Mérida . . . .
en Mérida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I . D i s p o s i c i o n e s G e n e r a l e s
que agrupe los planes provinciales de formación del profesorado ylas actividades de los Centros de Profesores y Recursos.
Por todo el o, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley2/1984, de 7 de junio, del Gobierno y de la Administración de la
ORDEN de 26 de abril de 2001, por la que
Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Direc-
se regula el proceso de elaboración de los
ción General de Ordenación, Renovación y Centros
planes de formación del profesorado de laComunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura esta-
blece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadurala competencia para la ejecución de la enseñanza en toda su ex-
La presente Orden tiene por objeto regular el proceso de elabora-
tensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo
ción y aprobación del Plan Marco de Formación del Profesorado y
con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución.
los Planes Provinciales de Formación del Profesorado.
Mediante el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se tras-
pasan de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma
El Plan Marco de Formación del Profesorado es el marco para el
de Extremadura las funciones en materia de enseñanza no univer-
desarrol o de los Planes Provinciales de Formación con el fin de
sitaria. Entre ellas (Anexo, apartado B) se cita la elaboración y de-
ayudar al profesorado a tener una formación integral en las distin-
sarrol o de planes y actividades de formación y perfeccionamiento
tas dimensiones que conforman la práctica docente y garantizar
un ajuste entre la oferta formativa y las necesidades educativas
Por Decreto del Presidente 17/1999, de 22 de diciembre, se asig-
nan a la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología las funcio-nes y servicios en materia de enseñanza no universitaria traspasa-
El Plan Marco de Formación del Profesorado tendrá carácter plu-rianual.
Con el fin de encausar los objetivos a atender y dar respuesta ala demanda de los docentes en lo referente a su actualización
científica y a la formación continua que el sistema educativo exige,es necesario crear un Plan Marco de Formación del Profesorado
El Plan Marco de Formación del Profesorado:
1.–Definirá las líneas prioritarias de actuación del Servicio de Inno-
b) Seguimiento y evaluación del citado Plan Marco.
vación Educativa, Renovación Pedagógica y Formación del Profesora-
c) Incorporar las iniciativas de formación de ámbito provincial que se
do de la Dirección General de Ordenación, Renovación y Centros, así
produzcan en el desarrol o de los Planes Provinciales de Formación.
como la organización de los recursos para el periodo considerado.
d) Seguimiento de los recursos asignados para la Formación del
2.–Recogerá los planes de formación de ámbito interprovincial y se-
Profesorado en la Comunidad Autónoma.
rá el marco de referencia de los Planes Provinciales de Formación yde los planes de actuación de los Centros de Profesores y Recursos.
ARTICULO 8.º - Aprobación del Plan Marco de Formación del Profe-
ARTICULO 5.º - Elaboración del Plan Marco de Formación del Pro-
Una vez elaborado el Plan Marco de Formación del Profesorado
El Plan Marco de Formación del Profesorado será elaborado por la
por la Comisión Regional de Formación del Profesorado, el Ilmo. Sr.
Comisión Regional de Formación del Profesorado.
Director General de Ordenación, Renovación y Centros, a través delIlmo. Sr. Secretario General de Educación, lo elevará al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Ciencia y Tecnología para su aprobación.
ARTICULO 6.º - Composición de la Comisión Regional de Formacióndel Profesorado
1.–Como órgano asesor de la Consejería de Educación, Ciencia yTecnología, existirá una Comisión Regional de Formación del Profe-
Los Planes Provinciales de Formación del Profesorado constituyen
el conjunto de actuaciones encaminadas a la formación del profe-sorado en el ámbito provincial, siguiendo las directrices estableci-
2.–La Comisión de Formación del Profesorado estará formada por:
das en el Plan Marco de Formación del Profesorado de la Comuni-
El Presidente, que será el Director General de Ordenación, Renova-
ción y Centros, o persona en quien delegue.
Los Planes Provinciales tendrán carácter anual.
– El Director General de Personal Docente o persona en quien de-
– El Director General de Formación Profesional y Promoción Edu-
Los Planes Provinciales de Formación del Profesorado:
– El Jefe del Servicio de Inspección General de Educación.
a) Orientan la aplicación de las líneas prioritarias en la formación
– El Jefe de Servicio de Innovación Educativa, Renovación Pedagó-
del profesorado, desarrolladas en el Plan Marco de Formación del
Profesorado atendiendo a las peculiaridades de cada provincia.
– Los Jefes de las Unidades de Programas Educativos de la provin-
cia de Badajoz y de la provincia de Cáceres.
b) Establecen las líneas de actuación comunes a toda la provincia.
– Un/una representante de la Universidad.
c) Recogen todas las actividades de formación propuestas desde el ám-
– Un/una representante de cada uno de los sindicatos que forman
bito de los Centros de Profesores y Recursos, coordinando las mismas.
parte de la Mesa Sindical Sectorial de Educación.
– El Secretario, que será un funcionario de la Dirección General de
d) Definen las actuaciones de ámbito provincial.
Ordenación, Renovación y Centros nombrado por el Director Ge-
e) Recogen todas aquel as actividades que se desarrol en en conve-
neral de Ordenación Renovación y Centros.
nios establecidos con las entidades colaboradoras de la Administra-ción en materia de Formación Permanente del Profesorado.
ARTICULO 7.º - Funciones de la Comisión Regional de Formacióndel Profesorado
ARTICULO 12.º - Elaboración de los Planes Provinciales de Forma-
Serán funciones de la Comisión Regional de Formación:
a) Definir los objetivos y prioridades para la planificación y el de-
Los Planes Provinciales de Formación serán elaborados en el seno
sarrollo del Plan Marco de Formación.
de la Comisión Provincial de Formación del Profesorado.
ARTICULO 13.º - Composición de la Comisión Provincial de Forma-
c) Diseñar el marco provincial de formación permanente, en el que
se establezcan los objetivos y criterios preferentes y se articulenlas ofertas institucionales.
1.–Como órgano asesor en el ámbito provincial, se creará la Comi-sión Provincial de Formación del Profesorado.
d) Definir los criterios para establecer los métodos y estrategias deformación más adecuados a los objetivos señalados.
2.–En cada una de las provincias existirá una Comisión Provincialde Formación del Profesorado, que estará integrada por:
e) Establecer criterios unificados para el pago de actividades del
El Presidente, que será el/la Director/a Provincial o persona en
Plan Provincial de Formación, según la normativa vigente, y la pro-
f) Elaborar informes sobre el grado de adecuación de los planes
– El Jefe de la Unidad de Programas Educativos.
presentados por los Centros de Profesores y Recursos, centros edu-
– El Jefe de Servicio de Inspección Educativa.
cativos u otras instituciones respecto a los compromisos adoptados
– Los Directores de los Centros de Profesores y Recursos de la
g) Difundir el Plan Provincial para favorecer el conocimiento de
– Un representante de la Universidad a cuyo ámbito esté adscrita
las actividades en las que pueda participar el profesorado.
– Un/una representante de cada uno de los sindicatos que forman
h) Definir los elementos necesarios para el seguimiento y la eva-
parte de la Mesa Sectorial de Educación.
luación del Plan Provincial y l evar a cabo éstos.
El Secretario, que será un asesor del Departamento de Formación
i) Proponer e informar a la Dirección General de Ordenación, Re-
del Profesorado e Innovación Educativa de la Unidad de Programas
novación y Centros sobre cualquier iniciativa de formación de ám-
El Presidente de la Comisión Provincial podrá invitar a las sesiones
j) Aprobar el proyecto del Plan Provincial de Formación del Profe-
de la Comisión a un representante de los Movimientos de Renova-
ción Pedagógica con implantación en el correspondiente ámbito te-
ARTICULO 16.º - Aprobación de los Planes Provinciales de Forma-
rritorial, que tendrá voz pero sin voto.
ARTICULO 14.º - Funcionamiento de las Comisiones Provinciales de
Aprobado el proyecto del Plan Provincial de Formación del Profe-
sorado, el/la Director/a Provincial lo remitirá al Ilmo. Sr. Director
Las Comisiones actuarán en Pleno para desempeñar las funciones
General de Ordenación, Renovación y Centros, para que, a través,
que se contemplan en el artículo siguiente.
del Ilmo. Sr. Secretario General de Educación, lo eleve al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Ciencia y Tecnología, para su aprobación.
No obstante, el Pleno podrá crear, de entre sus miembros, Comisio-nes Técnicas de Trabajo para el estudio y elaboración de propues-
tas al propio Pleno, debiendo definirse en el acuerdo de creación
PRIMERA.–Se autoriza a la Dirección General de Ordenación, Reno-
tanto la composición como las materias objeto de trabajo y el
vación y Centros para dictar las instrucciones y adoptar las medi-
tiempo en el que deberán elevar al Pleno las conclusiones, infor-
das que considere necesarias para el cumplimiento y aplicación de
ARTICULO 15.º - Funciones de las Comisiones Provinciales de For-
SEGUNDA.–La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Serán funciones de las Comisiones Provinciales de Formación:
a) Concretar los objetivos y prioridades que se fijen en las direc-trices del Plan Marco de Formación del Profesorado, articulándolas
El Consejero de Educación, Ciencia y Tecnología,
en un marco de referencia a medio plazo.
b) Analizar y valorar las necesidades de formación en el ámbitoprovincial y su adecuación a las necesidades del sistema educativo.
Journal of Vestibular Research 17 (2007) 1–8Effects of fluvoxamine on anxiety,depression, and subjective handicaps ofchronic dizziness patients with or withoutneuro-otologic diseasesArata Horii ∗ , Atsuhiko Uno, Tadashi Kitahara, Kenji Mitani, Chisako Masumura, Kaoru Kizawa andTakeshi Kubo Department of Otolaryngology, Osaka University School of Medicine, Osaka, Japan Abstract . A prospe
Nº 136, segunda-feira, 20 de julho de 2009 AVISO DE REVOGAÇÃO 2.5 Para concorrer a uma das vagas reservadas a deficientes, PREGÃO ELETRÔNICO No- 184/2009 1.1 O concurso público é regido por este edital e executadopela Comissão de Concurso do Tribunal Regional Federal da 1a Re-2.5.1 No ato da inscrição preliminar, declarar-se portador deFica revogada a licitação supracitada,